Plan de Protección Accidentes

  • Sin cuestionario de salud ni de profesión para contratar
  • Sin carencias. Estás cubierto desde el primer día
  • Cobertura en todo el mundo y las 24 horas del día
  • Puedes incluir a toda tu familia y sin incremento de precio por número de hijos
  • Siempre pagarás lo mismo. El precio no sube a medida que vas cumpliendo años
  • Pago fácil ya que se abona de forma mensual
  • Indemnizaciones de hasta 100.000 euros

Con este seguro estarás cubierto tú y tu familia en cualquier parte del mundo si sufres un accidente en tu trabajo, mientras viajas, conduces, vas en transporte público, estás de vacaciones o en tu casa que te ocasiona la incapacidad permanente y absoluta o el fallecimiento. Puedes llegar a recibir una indemnización de hasta 100.000 euros.

Descargar documento con la nota informativa

¿En qué consiste este tipo de seguro?

Este seguro garantiza el pago de las prestaciones o servicios contratados a consecuencia de un accidente, entendiéndose como tal, aquella lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado. Todo ello de acuerdo con lo establecido en las condiciones particulares y generales del contrato.

¿Dónde estoy cubierto?

Dentro de las limitaciones y exclusiones del contrato, el Asegurado estará cubierto siempre que mantenga su residencia habitual o domicilio en territorio español. Si el asegurado traslada su residencia habitual al extranjero quedarán canceladas las garantías del seguro al vencimiento de la anualidad correspondiente.

¿Qué se asegura?

Este seguro cubre las siguientes garantías principales:

  • Fallecimiento por Accidente de Tráfico: Si el asegurado fallece por accidente de circulación cubierto en la póliza, se pagará el capital contratado al beneficiario designado.
  • Invalidez Permanente y Absoluta (IPA) por Accidente de Tráfico: Si el asegurado como consecuencia de un accidente de circulación cubierto en la póliza es declarado en situación de invalidez permanente y absoluta, se le abonará el capital contratado.
  • Fallecimiento por Accidente: Si el asegurado fallece por un accidente que no sea de circulación cubierto en la póliza, se pagará el capital contratado al beneficiario designado.
  • Invalidez Absoluta y Permanente (IAP) por Accidente: Si el asegurado como consecuencia de un accidente que no sea de circulación cubierto en la póliza es declarado en situación de invalidez permanente y absoluta, se le abonará el capital contratado.
  • La suma asegurada para cada una de las garantías contratadas será la que se determine en las Condiciones Particulares.

¿Qué no está asegurado?

Principales exclusiones, puede consultar su totalidad en las Condiciones Generales:

  • Los hechos que no se consideran accidente conforme lo que se indica en las Condiciones Generales.
  • Accidentes que se produzcan en estado de embriaguez manifiesta, alcohólica o tóxica, enajenación mental o por uso de drogas.
  • Accidentes anteriores a la contratación, aunque sus efectos se manifiesten con posterioridad.
  • Actos provocados intencionadamente por el Asegurado, tales como suicidio o sus tentativas.
  • Los producidos como consecuencia de reacción o radiación nuclear y los de carácter catastrófico.
  • Ejercicio profesional y/o con carácter de competición de cualquier tipo deporte, así como la práctica de deportes o actividades notoriamente peligrosas.
  • Las enfermedades de cualquier naturaleza incluidos los accidentes cardiovasculares y cerebrovasculares, tales como aneurismas, infartos, hemorragias, ictus y similares.

Filiassur usa cookies propias y de terceros para garantizar la funcionalidad de la web (cookies necesarias y de funcionalidad), para fines analíticos (cookies de rendimiento o analíticas), para realizar un seguimiento de las interacciones de los Usuarios con los servicios ofrecidos en el Sitio Web. Puede aceptar todas las cookies o rechazarlas todas. Puede obtener más información sobre cookies en nuestra. Política de cookies.